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sábado, 26 de enero de 2013

El transplante de órganos (parte III)

Los casos de urgencia:

Los casos de urgencia son aquellos en ¡os que la vida humana está a punto de perderse. Allah los ejemplificó con aquella persona en el desierto que pierde todo alimento y no halla sino alimentos prohibidos; pues, para no morir, Allah le permitió alimentarse hasta de lo ilícito como la carroña, la sangre, la carne de cerdo y otros.

¿Se podrá, en urgencias de esta magnitud, permitir el transplante de un órgano de un cadáver a una persona que lo necesite urgentemente para seguir con vida?

Para responder a esta pregunta debemos conocer primero cual es ¡a actitud de la Sitaría ante las urgencias.

En los casos de urgencia ya vimos que Allah permitió, al que ve su vida en peligro por el hambre, alimentarse hasta de lo que está prohibido comer. Allah dijo: "Os ha prohibido sólo la carne mortecina, la sangre, la carne de cerdo y la de todo animal sobre el que se haya invocado un nombre diferente del de Allah. Pero si alguien se ve compelido por la necesidad - no por deseo ni por afán de contra venir - no peca. Allah es indulgente, misericordioso". (Corán 2:173) Así pues; el urgido podrá alimentarse hasta de alimentos prohibidos para satisfacer su hambre y salvar su vida; pues si no lo hace y luego muere estaría pecando de suicida y Allah dice: "¡Creyentes! ... No os matéis unos a otros. Allah es misericordioso con vosotros (4:29).

En base a esto: ¿Podemos aplicar esta misma permisión al transplante de órganos de un muerto a una persona viva que los necesita para salvar su vida?

La respuesta debe contemplar lo siguiente: unos de los requisitos para aplicar la analogía, y extender la permisión al segundo caso, es que la causa de la permisión en el segundo caso - el transplante de órganos - sea igual a la causa de la permisión en el primer caso - la urgencia de quien no encuentra alimentos lícitos - totalmente o en general.

La analogía (Quiás) es extender un veredicto del caso original a otro caso que comparta la misma causa del veredicto. Así pues si la causa del segundo caso no es igual a la causa del caso original - ni de forma particular ni de forma general - pues no se puede extender el veredicto al caso nuevo.

En el caso del transplante de órganos vemos que hay órganos vitales como el corazón, el hígado, los riñones y los pulmones; y hay órganos de los cuales no depende la vida: como los ojos, el segundo riñón para quien ya tiene uno sano, la mano, el pie, etc.

Estos últimos órganos, cuya pérdida no significa la muerte, no se transplantarían por la causa original que es salvar la vida; por lo tanto no se catalogarían como casos de urgencia. En base a esto decimos que no es lícito transplantar un ojo o un riñón a quien tiene ya uno sano o una mano de un cadáver a una persona que los necesite.

Ahora; en el caso de los órganos vitales para el ser humano, debemos tomar en cuenta dos aspectos:

1.- Que la causa de ¡a permisión - que es conservar y salvar la vida - no es segura como en el caso de quien tiene hambre extrema, pues este salvarla seguramente de su vida comiendo algún alimento prohibido por Allah; en cambio el transplante de órganos no es una garantía de salvar la vida de quien los recibe. Esto lo decimos basándonos en muchos casos donde el transplante no es exitoso. Por esta razón la causa no sería con seguridad la misma.

2.- Este aspecto se relaciona con los reglamentos para extender un veredicto de un caso definido a un caso nuevo por medio de la analogía (Quiás). En la Sharía Islámica, el caso nuevo debe estar libre de cualquier veredicto legal que determine lo contrario de lo que implica el primer caso.

En el caso del transplante vemos que hay un texto legal que se opone al razonamiento analógico. Este texto es la prohibición de profanar o mutilar un cadáver y es un texto más enfático y determinante que se opone directamente al resultado de la analogía, es decir: la permisión del transplante para salvar una vida.

Sobre estos aspectos decimos que no es permitido transplantar órganos vitales - aunque sea para salvar la vida de alguien - como el corazón, el hígado, los riñones o los pulmones de un cadáver, aunque haya sido musulmán, aliado o refugiado.


 

viernes, 25 de enero de 2013

El transplante de órganos (parte II)

Transplante de órganos despues de la muerte:

El status legal del transplante de un órgano después de haber muerto el donante es distinto al de quien desea donar un órgano en vida. Para llegar a conocer el veredicto legal en este caso debemos saber primero el veredicto legal sobre la propiedad de cadáver, sobre la inviolabilidad de un cadáver y sobre lo que es una situación de urgencia.

* Sobre el derecho de propiedad de un cadáver decimos: El cuerpo de un ser humano después de morir no es propiedad de nadie. Cuando una persona muere pierde todo derecho de propiedad; esto incluye su derecho de disponer de su cadáver. Por lo tanto no podrá donar ninguno de sus órganos ni incluir tal cosa en su testamento y cualquier clonación o testamento que implique esto será inválida.

Sin embargo, la persona puede donar parte de sus bienes después de morir a pesar de haber salido estos de su propiedad. Esto es posible porque Allah el Legislador permitió al hombre dejar como herencia hasta un tercio de sus bienes sin necesidad de la aprobación de los herederos legalmente especificados y también dejar más de un tercio contando con la aprobación de estos herederos. Esta permisión de Allah es exclusiva a los bienes y no se aplica al cadáver. Por esto no es permitido que una persona instruya en su testamento que desea donar alguno de sus órganos después de muerto.

Los herederos tienen derecho, por orden de Allah, sólo a los bienes de su familiar fallecido y no tienen derecho alguno sobre su cuerpo, pues e! difunto no se los heredó. Por esto es que no tienen el derecho de donar ninguno de sus órganos ni de disponer de su cadáver. Aquí debemos recordar que entre los requisitos de una clonación válida está: que el donante sea dueño de lo que va a donar y que su representante (en ausencia del dueño) tenga derecho de disponer de ello. Y ya que los herederos del difunto no tienen derecho de disponer de su cadáver menos derecho aún tendrá otra persona, sea quien sea. Así pues; ningún médico o autoridad tendrá derecho de autorizar el transplante de algún órgano de un difunto a otra persona.

* Sobre la inviolabilidad de un cadáver y la profanación de la misma diremos: Allah dispuso que el cuerpo de un difunto sea igual de inviolable que el de una persona viva; prohibió que se profane esta inviolabilidad así como prohibió profanar la de la persona viva. Dañar un cadáver es como dañar a un ser vivo.
 
Aisha, Madre de los creyentes, dijo que el Mensajero de Allah (B y P) dijo: "Romperle los huesos a un cadáver es como rompérselos a una persona viva ". Lo cito Ahmad, Abu Daud e lbn Hibbán. Ahmad citó a 'Amru bm Hazm Al Ansarí diciendo: El Mensajero de Allah (saw) me vio apoyado sobre la tumba y me dijo: "No molestes a la gente de la tumba". Muslim y Ahmád citan a Abu Huraira diciendo: El Mensajero de Allah (saw) dijo: "Os conviene más sentaros sobre una brasa y que ésta os queme a que os sentéis sobre una tumba.

Todos estos hadices indican claramente que el cadáver tiene el mismo status sacro que tiene el cuerpo de una persona viva. Indican también que la profanación de un cadáver es igual a la vejación de una persona viva.

Así como es ilícito vejar a una persona viva destripándola, degollándola o quebrándole un hueso también es ilícito profanar un cadáver destripándolo, degollándolo o quebrándole un hueso, Así como es ilícito vejar a una persona viva con insultos, golpes o heridas es ilícito hacerlo con un cadáver, con la excepción que quien hiere, corta o quebra algo a un cadáver no lo indemniza como debe hacerlo quien agrede a una persona viva. La prueba de esto es que el Profeta (saw) no impuso indemnización alguna sobre quien quebró los huesos de un cadáver mientras cavaba frente a él; se limitó a ordenarle  que vuelva a enterrar los huesos y le aclaró que romperle los huesos a un muerto es igual que rompérselos a un vivo en la culpa del pecado solamente.

Si alguien extrae el ojo de un cadáver o le abre el pecho para extraerle el corazón, los pulmones, los riñones o el hígado, para transplantados a otra persona que lo necesita, estaría cometiendo una mutilación y el Islam prohibió mutilar y desfigurar a los muertos. Al Bujari citó a Abuliah bin Zaid Al Ansarí diciendo: El Mensajero de Aláh (saw) prohibió la mutilación y la profanación. Ahmad, lbn Maya y Al Nasái citan a Safuán bm Assal que dice: El Mensajero de Allah (saw) nos envió en una expedición y nos dijo; "Marchad en el nombre de Allah y en la causa de Allah. Combatid a quien reniega de Dios. Pero nos mutiléis ni traicionéis ni matéis a niños."

Después de aclarar esto, se hace evidente que no está permitido abrir un cadáver para extraerle un órgano e implantárselo a otra persona, por que tal acción sería una profanación de la inviolabilidad de los cadáveres, una ofensa y una mutilación; y estas acciones son totalmente ilícitas en el Islam.


El transplante de órganos (parte I)


• El término transplante de órganos aquí se refiere a traspasar un órgano de una persona a otra, como es el caso en un transplante de mano, de riñones o de corazón. El transplante de los órganos de una persona, en vida o después de muerta, a otra tiene el siguiente status legal:

A) Es legalmente lícito y permitido que una persona en vida done - por propia elección y voluntad - uno o más órganos a otra persona que los necesite. Esto porque la persona tiene derecho, si alguien le perfora un ojo o le corta una mano, de recibir la indemnización la Día3 y tiene también la opción de perdonar a quien le cortó la mano o le perforó un ojo. El perdonar la indemnización es como donada y el poder donar algo es consecuencia de poseerlo y de poseer el órgano cuya indemnización se perdona. Finalmente, la posesión de sus órganos le permite a la persona disponer de los mismos. Lo cual implica que le sea lícito donar uno de sus órganos a una persona que los necesita. Allah hizo lícito recibir las indemnizaciones o  la pena, que la demanda sea conforme al uso y la indemnización apropiada. Esto es un alivio por parte de vuestro Señor, una misericordia..." (Corán 2:178)

Requisitos para el transplante de órganos en Vida:

El primer requisito para un transplante de órganos en vida es que el órgano a ser transplantado no sea vital ni indispensable para seguir viviendo, como el corazón, el hígado o los pulmones.

La razón de esto es obvia, pues transplantar uno de estos órganos significaría la muerte del donante; y esto lo convertiría en un suicida y el suicidio es un pecado prohibido por la Sharía.

También está prohibido dejar que otro lo mate con su aprobación. Allah dijo: "Creyentes! No os devoréis la hacienda injustamente unos a otros. Es diferente si comerciáis de común acuerdos. No os matéis unos a otros. Allah es misericordioso con vosotros". (Corán 4:19) "No matéis a nadie que Dios haya prohibido, sino con justo motivo. Si se mata a alguien sin razón, damos autoridad a su pariente próximo, pero que éste no se exceda en la venganza. Se le auxiliará" (Corán 17:33) Estas aleyas abarcan el matar a otro y el matarse a sí mismo. El lmam Muslim relató que Thábit bim Dhahhak dijo: el Mensajero de Allah (saw) dijo: ".... y quien se suicida con algún instrumento, Allah lo castigará con lo mismo en el infierno". Al Bujari y Muslim relatan que Abu Huraira dijo: el Mensajero de Allah (saw) dijo: ".... Quien se suicida lanzándose desde una montaña estará en e! fuego del infierno...."

• Un varón no podrá donar sus testículos, aunque hacerlo no le signifique morir; porque el Profeta (saw) prohibió la castración - que implica la esterilidad. Al Bujari citó a Abdullah bin Mas'ud diciendo; Estábamos en campaña militar con el Profeta (saw) y no teníamos con nosotros nuestras mujeres. Así es que le dijimos: ¡Oh Mensajero de Allah! ¿ Nos castramos? Y él nos lo prohibió. Esto se aplica también a donar un solo testículo, aunque esto no signifique la esterilidad del donante; porque las células sexuales - es decir, las células de los órganos sexuales (los testículos del hombre y el ovario en la mujer)- son las que inician la procreación; por lo tanto, la descendencia de una persona está en sus células sexuales.

En los testículos están los tejidos que producen los espermatozoides y los testículos vendrían a ser el depósito donde se conservan los mismos. Con esto queremos decir que en los testículos están las células que producen los espermatozoides, estén o no estén en el cuerpo original; esto significa que los hijos del hombre receptor de los testículos donados tendrían los cromosomas del hombre que le donó los testículos, esto se da porque los testículos del donante son los que produjeron los espermatozoides que originarán a los hijos del beneficiario receptor.

De lo anterior concluimos que los niños heredarán las características genéticas del donante y no heredarán nada de la persona que recibió la clonación, pon lo tanto; el donante vendría a ser el padre biológico de los niños. Por esto decimos que no es lícito transplantar un sólo testículo, como tampoco es lícito transplantar los dos porque esto significaría la esterilidad del donante y la mezcla y confusión de las líneas genéticas.

El Islam ordena la conservación de la línea genealógica para que el hombre tenga bien claro su origen. lbn Abbás dijo: El Mensajero de Allah (saw) dijo: "Quienes se atribuyen a otro que no sea su padre y quien se aproxima a quienes no son sus allegados, son maldecidas por Allah, por los ángeles y por toda la gente". Lo citó Ibn Maya. El mismo Ibn Maya cita a Abu 'Uthmán Al Hindi diciendo:
Escuché a Sa'ad y a Abu Bakr; ambos decían: Oyeron nuestros oídos y conservaron nuestros corazones; que el Mensajero de Allah (saw) dijo: "Quien se atribuye a otro que no sea su padre, a sabiendas, tiene prohibido el Paraíso". Abu Huraira dijo: Cuando se reveló la aleya de la mula'ama el Mensajero de Allah (saw) dijo: "Cualquier mujer que introduce en la genealogía de una familia a alguien que no es de ellos no merece la misericordia de Allah y El no la hará entrar en el Paraíso. Y cualquier hombre que niegue a su hijo frente a él no verá a Allah y Él lo humillará ante Sus antepasados y sus descendientes". Esto lo citó Al Darimí.




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